El Máximo Tribunal desestimó los recursos de las defensas y confirmó las penas a prisión perpetua para Luis Horacio Aldana y Walter Jorge Escott, condenados por los femicidios de Alicia Beatriz Tomás y Valeria Mónica Bretes.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dejó firme las condenas contra Luis Horacio Aldana y Walter Jorge Escott, condenados por los femicidios de sus ex parejas Alicia Beatriz Tomás y Valeria Mónica Bretes. Según indicaron fuentes judiciales, el tribunal desestimó los recursos presentados por las defensas al considerarlos inadmisibles.
El caso de Alicia Beatriz Tomás
Tomás, docente de 48 años, fue asesinada en un country de Ingeniero Maschwitz, partido de Escobar, en la madrugada del 10 de diciembre de 2015. Dos hombres ingresaron a su vivienda mientras ella y sus hijos dormían. Uno de ellos era Aldana, con quien la mujer mantenía un divorcio en trámite y que conservaba las llaves de la propiedad.
Al escuchar ruidos, Tomás y su hijo descendieron a la planta baja. Uno de los hombres le exigió dinero, y Aldana la llevó al baño y le propinó múltiples puñaladas en cuello, nuca, rostro y brazo. Los agresores huyeron con la billetera de la víctima para simular un robo. Tomás fue trasladada a un hospital, donde falleció el 6 de enero de 2016.
En el juicio, la declaración del hijo de la víctima fue clave. El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Zárate-Campana condenó en 2017 a Aldana por homicidio doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género. La sentencia fue confirmada por el Tribunal de Casación Penal provincial y la Suprema Corte de Justicia bonaerense, y ahora por la Corte Suprema de la Nación.
El caso de Valeria Mónica Bretes
El femicidio de Bretes ocurrió el 14 de noviembre de 2016 en Mar del Plata. Según se probó en el debate oral, la víctima y su pareja, Walter Jorge Escott, discutían en la vivienda que compartían. Escott profirió amenazas, tomó a Bretes de los cabellos y le disparó con un arma de fuego, lo que le causó la muerte instantánea.
La autopsia reveló que el homicida apoyó una pistola 9 mm en la cabeza de la víctima y la ejecutó. El cuerpo presentaba hematomas producto de golpes previos. Escott gozaba de arresto domiciliario tras haber sido condenado por robo agravado en poblado y en banda; la semana siguiente al hecho debía presentarse en el Juzgado de Ejecución Penal para la firma mensual de su libertad asistida.
Bretes tenía 34 años y era madre de siete hijos, cinco de ellos con Escott. La responsabilidad penal de Escott quedó acreditada por testigos y su confesión al ser detenido, en la que pidió perdón. La defensa intentó alegar que el disparo fue accidental, pero el tribunal descartó esa hipótesis y lo condenó a prisión perpetua. La sentencia fue confirmada en todas las instancias.
