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sábado, 11 julio, 2026
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Informe de la ONU sobre detención de Pedro Castillo omite fallos de tribunales peruanos

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU calificó como arbitraria la detención del expresidente Pedro Castillo y recomendó su liberación e indemnización. El informe, de 19 páginas, no menciona sentencias del Tribunal Constitucional ni de la Corte Suprema de Perú.

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU emitió un informe en el que concluye que la detención del expresidente peruano Pedro Castillo es “arbitraria” y recomienda al gobierno de Perú dejarlo en libertad y otorgarle una indemnización económica. El documento, de 19 páginas (15 de las cuales constituyen la opinión mayoritaria), omite pronunciamientos de instancias judiciales peruanas, según se desprende del análisis del texto.

El informe no incluye la sentencia del Tribunal Constitucional (expediente 01803-2023-PHC/TC) ni la sentencia de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema que condena a Castillo. La omisión de la sentencia penal se debe a que el grupo recibió información de la “fuente” y del gobierno peruano hasta marzo de 2025. Sin embargo, la decisión del Tribunal Constitucional, publicada en abril de 2024, no es mencionada. No se especifica si el gobierno no la presentó en sus descargos o si los expertos decidieron no abordarla.

En ese fallo, los magistrados peruanos validaron la vacancia exprés debido a la situación extraordinaria (intento de golpe de Estado) y se pronunciaron sobre la detención en flagrancia. El informe de la ONU se centra en analizar la detención en flagrancia y la prisión preventiva posterior, sosteniendo que carecerían de base legal porque aún no se había levantado el antejuicio político. El Tribunal Constitucional abordó este punto en su fundamento 49, indicando que el procedimiento de antejuicio debe seguirse en situaciones de normalidad constitucional, pero no en el caso de Castillo, quien atentó contra el orden constitucional en flagrancia.

El informe también muestra una parcialidad a favor de la “fuente” que aboga por Castillo. En el párrafo 87 se consigna que la defensa técnica ofreció elementos suficientes para el levantamiento de la prisión preventiva. Se omite que Castillo habría buscado escapar a la Embajada de México para solicitar asilo político. Tampoco se explica cómo el grupo concluyó que los argumentos de Castillo son suficientes para imponer comparecencia con restricciones.

El grupo de trabajo cuestiona que no se evaluara la vigilancia electrónica, pero el gobierno informó que el Poder Judicial la desestimó porque el delito de rebelión no permite esa medida. La mayoría de expertos afirma que las autoridades peruanas realizaron una campaña estableciendo por adelantado la culpabilidad de Castillo. No obstante, los pronunciamientos institucionales condenaban el intento de quebrar el orden constitucional sin imputar delitos específicos.

El informe recomienda la liberación de Castillo a pesar de que pesa sobre él una prisión preventiva por presuntamente liderar una organización criminal, caso no relacionado con los hechos del 7 de diciembre de 2022 que analiza el grupo de trabajo.

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