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jueves, 8 octubre, 2026
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La Justicia ordenó al Gobierno preservar los registros de tierras rurales en manos extranjeras en Buenos Aires

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata dispuso que el Ministerio de Justicia conserve los datos del Registro Nacional de Tierras Rurales y entregue información sobre su actualización en un plazo de cinco días. La medida responde a una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense tras la derogación de la Ley 26.737.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, a cargo de la jueza Güendalina Sessarego, ordenó este miércoles al Ministerio de Justicia de la Nación preservar la información existente sobre las tierras rurales de la provincia de Buenos Aires registradas a nombre de extranjeros y entregar datos sobre la actualización de esas bases. La medida fue dictada a partir de una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense, encabezada por Guido Lorenzino.

El tribunal estableció un plazo de cinco días para que el Ministerio de Justicia informe hasta qué fecha fueron relevados y actualizados los datos del Registro Nacional de Tierras Rurales. Asimismo, dispuso que se garantice la conservación de los antecedentes registrales, catastrales y administrativos acumulados durante los años de vigencia de la normativa.

La decisión judicial se produce luego de la derogación de la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras, a través del artículo 154 del DNU 70/2023. Esa norma había creado el Registro Nacional de Tierras Rurales y establecido límites para la titularidad extranjera, entre ellos un máximo del 15% para la propiedad extranjera de tierras rurales en el territorio nacional, las provincias y los municipios.

La jueza Sessarego sostuvo que existe el riesgo de que, durante el tiempo que demande la intervención del juez competente, se produzca «la pérdida de información pública que ocasionen un daño de imposible reparación ulterior». Remarcó que lo que se pretende proteger no es solamente una prueba para este expediente, sino información estatal que permite conocer «la evolución de una realidad territorial dinámica».

La resolución aclara que la medida cautelar no restablece la Ley 26.737 ni suspende la derogación dispuesta por el Gobierno nacional. La Defensoría había planteado la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU, pero la jueza se declaró incompetente en ese aspecto y dispuso que el expediente continúe por la vía de la Justicia Federal.

El planteo de la Defensoría puso especial atención en zonas bonaerenses con importante presencia de titulares extranjeros, como Campana y Zárate. Lorenzino afirmó: «No podemos permitir que la flexibilización o la falta de los controles deje a las y los bonaerenses a ciegas sobre la soberanía de sus recursos naturales y del suelo rural». Y agregó: «Proteger la información pública sobre nuestro territorio es central para garantizar la sustentabilidad ambiental y los derechos de las futuras generaciones».

La decisión adquiere relevancia después del reciente fallo de la Corte Suprema que dejó sin efecto una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras. El máximo tribunal rechazó aquella demanda por cuestiones de legitimación y aclaró que no estaba resolviendo la constitucionalidad del DNU en sí mismo.

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