La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una suspensión que impide al Congreso de Nuevo León destituir o inhabilitar al gobernador Samuel García Sepúlveda mientras se resuelve el fondo de la controversia constitucional 386/2026.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este 13 de julio una suspensión que impide al Congreso de Nuevo León destituir o inhabilitar al gobernador Samuel García Sepúlveda mientras se resuelve el fondo de la controversia constitucional 386/2026, promovida por el propio Ejecutivo estatal contra el juicio político iniciado en su contra.
La medida no paraliza el juicio político. El procedimiento legislativo puede continuar su trámite, pero cualquier sanción que derive de él —la separación del cargo o la inhabilitación del mandatario— queda suspendida hasta nuevo aviso del máximo tribunal.
El fallo fue notificado en la Lista Extraordinaria de Notificaciones de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad de la SCJN.
La denuncia que originó el proceso fue presentada por Morena el 8 de junio. En ella se acusa a García Sepúlveda de presuntamente triangular cerca de 1,000 millones de pesos de recursos públicos hacia empresas vinculadas con su entorno familiar. Parte de esos recursos, según los señalamientos, habrían terminado en un despacho ligado al padre del gobernador.
El 12 de junio, la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León aprobó el inicio del juicio político en una sesión extraordinaria. Legisladores del PRI, el PAN y una diputada de Morena respaldaron la continuación del proceso. El representante de Movimiento Ciudadano votó en contra.
La denuncia de Morena no solo señala la presunta triangulación de recursos: también apunta a violaciones a la Constitución Federal e inconsistencias en el desarrollo del propio procedimiento legislativo. Ese doble señalamiento —de fondo y de forma— es el sustento jurídico de la controversia constitucional que el Ejecutivo estatal llevó ante la Suprema Corte.
El gobierno estatal difundió que el expediente con el que el Congreso avaló el proceso se integra únicamente por la identificación oficial de la denunciante y recortes de notas periodísticas. El Congreso declaró procedente el juicio político sin aportar ninguna prueba concluyente sobre las conductas irregulares atribuidas al gobernador.
Esa ausencia de elementos probatorios motivó que el gobierno de Nuevo León presentara primero un amparo ante un juez federal y, posteriormente, una controversia constitucional ante la Suprema Corte. El viernes 11 de julio, el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa de Nuevo León concedió un amparo provisional para frenar la votación del juicio político.
La resolución de la SCJN establece con precisión el alcance de la medida: “Se procede conceder la suspensión para que, sin suspender el procedimiento, no se ejecute ninguna determinación derivada del proceso de juicio político, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia constitucional”.
El máximo tribunal argumenta que, de no conceder la suspensión, se afectaría la continuidad en el ejercicio de las funciones del titular del Ejecutivo estatal. “Se podría generar un daño de difícil reparación frente a una sentencia estimatoria, pues el tiempo de no ejercicio del cargo de elección popular no es recuperable”, señala el fallo.
La SCJN agrega que la medida salvaguarda el desarrollo de la administración pública estatal y que no afecta la seguridad ni la economía nacionales: “Únicamente se pretende preservar la materia del juicio asegurando provisionalmente la situación jurídica”, indica la resolución.
El actuario Juan José Morgan Lizárraga firmó la notificación en Ciudad de México este 13 de julio. La resolución fue publicada en la Lista Extraordinaria de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad, con el número de controversia 386/2026, promovida por el Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León.
Ricardo Tamez, asesor jurídico del Congreso local, afirmó que la suspensión de la Corte es distinta al amparo obtenido previamente en Nuevo León. El Congreso y el Tribunal Superior de Justicia pueden resolver el fondo del asunto; la diferencia es que, en caso de que se sancione la destitución, su ejecución queda suspendida para impedir la separación del cargo.
Tamez sostuvo también que la resolución de la SCJN servirá como recurso para impugnar el amparo local ante el Tribunal Colegiado de Circuito, con el objetivo de que se respete la suspensión dictada por el máximo tribunal.
Samuel García publicó en su cuenta de Instagram una historia con la imagen del documento de notificación de la Corte y escribió sobre él: “Acaba de publicar la SCJN la admisión y suspensión del Juicio Político (que le sigue la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León)”.
El gobernador enfrenta el juicio político en un momento de tensión política con varios frentes abiertos, uno de ellos, un grupo de 20 alcaldes de municipios metropolitanos y rurales del estado exige que García libere recursos económicos retenidos.
