La Secretaría de Movilidad de Villavicencio informó las restricciones de circulación para vehículos particulares y taxis este jueves 4 de junio, según el último dígito de la placa y el horario establecido.
La medida de Pico y Placa en Villavicencio establece restricciones a la circulación de vehículos según el día de la semana, la hora y el tipo de automóvil. Para este jueves 4 de junio, las autoridades definieron las siguientes limitaciones:
- Motos: No aplica restricción.
- Vehículos particulares: No pueden circular los automóviles con placa terminada en 1 y 2.
- Taxis: No pueden circular los vehículos con placa terminada en 0.
- Transporte de carga: Todos pueden circular.
Para los vehículos particulares, la restricción rige en dos horarios: de 6:30 a 9:30 horas y de 17:00 a 20:00 horas. En el caso de los taxis, la restricción se aplica de 6:00 a 00:00 horas.
La Secretaría de Movilidad de Villavicencio publicó los lineamientos para el Pico y Placa durante 2026, vigentes desde el 26 de enero hasta el 22 de diciembre de 2026. Para vehículos particulares, la restricción semanal es la siguiente:
- Lunes: 5 y 6.
- Martes: 7 y 8.
- Miércoles: 9 y 0.
- Jueves: 1 y 2.
- Viernes: 3 y 4.
El horario para particulares es de lunes a viernes no festivos, de 6:30 a 9:30 horas y de 17:00 a 20:00 horas. Para taxis, la restricción aplica de lunes a domingo, con una secuencia que comenzó el 21 de enero con la placa terminada en 6 y avanza sucesivamente hasta el 5. El horario para taxis es de 6:00 a 00:00 horas.
Están exentos de la restricción los siguientes vehículos: de emergencia, de seguridad pública y privada, de salud, de personal de servicios públicos, oficiales, de mensajería y reparto, de carga, de control de tráfico, fúnebres, de enseñanza, de medios de comunicación, y eléctricos o de cero emisiones.
La sanción por violar el Pico y Placa está establecida en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. La multa equivale a 15 días de salario mínimo vigente. Con un salario mínimo diario de 47.450 pesos colombianos, la sanción asciende a 711.750 pesos colombianos.
