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Presentan denuncia contra el Gobierno Nacional por no invitar a Villarruel al Tedeum

El abogado Ignacio Baños solicitó a la justicia federal que investigue al Gobierno Nacional por abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, tras excluir a la vicepresidenta Victoria Villarruel del tradicional Tedeum del 25 de Mayo.

Buenos Aires, 24 de mayo. El abogado Ignacio Baños, en su carácter de ciudadano, presentó una denuncia contra el Gobierno Nacional por no invitar a la vicepresidenta Victoria Villarruel al tradicional Tedeum con motivo del 25 de Mayo. En el escrito, solicitó que se investigue a la gestión de Javier Milei por “abuso de autoridad” e “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

En el texto, que el letrado redactó bajo su propio patrocinio, señaló que la denuncia se refiere a una “posible violencia institucional y discriminatoria” contra una mujer en el ejercicio de la vicepresidencia de la Nación.

“No vengo a afirmar categóricamente la existencia de un delito, ni a imputar responsabilidad penal concreta a persona determinada, sino a poner en conocimiento de la justicia federal una serie de circunstancias de público y notorio conocimiento, difundidas por medios nacionales, que ameritan la apertura de una investigación seria, objetiva y exhaustiva”, sostuvo Baños. Agregó que corresponde determinar si la exclusión de la vicepresidenta de un acto patrio, oficial y protocolar pudo obedecer a una decisión funcional contraria a la normativa de ceremonial, a una omisión de deberes propios del cargo, o a una práctica de violencia institucional o discriminatoria.

El abogado aclaró que la investigación deberá dirigirse, sin perjuicio de la calificación definitiva que corresponda, a establecer el accionar de la Secretaría General de la Presidencia, las áreas de Ceremonial y Protocolo de Presidencia, la Subsecretaría de Asuntos Presidenciales, la Casa Militar, o cualquier otro organismo o funcionario involucrado directa o indirectamente en la decisión.

Finalmente, manifestó que se debe investigar el hecho “con la debida perspectiva institucional y de género”, conforme a la Ley 26.485, y determinar “la eventual responsabilidad penal” de los funcionarios o agentes públicos que hubieren intervenido, ordenado, consentido u omitido los actos funcionales pertinentes.

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