La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó el nuevo régimen de “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral”, Resolución General N° 1071. La normativa reglamenta el Sistema de Cese Laboral que podrá elegirse como alternativa a la indemnización prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, así como otros rubros indemnizatorios.
Según la CNV, el Sistema de Fondo de Cese se establecerá por medio del Convenio Colectivo de Trabajo y deberá administrarse a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos (“FCI”) o Fideicomisos Financieros (“FF”).
Asimismo, el artículo 20 del Anexo II del mencionado Decreto, establece que la CNV será la autoridad encargada de supervisar y controlar el cumplimiento de estas disposiciones.
La desocupación trepó a 7,9% en el primer trimestre de 2025 y marcó un nuevo récord negativo en la era Milei
Los principales puntos del nuevo sistema son:
- Las cuotapartes o los valores fiduciarios podrán ser definidos a nivel individual, empresa o sectorial
- Las partes podrán establecer libremente el porcentaje de la remuneración o monto fijo que aportará el empleador para dicha cuenta individual o colectiva y la periodicidad de ese aporte; el Fondo de Cese Laboral será inembargable
- Los instrumentos creados bajo este régimen solamente podrán recibir suscripciones en el marco de contribuciones y/o aportes de empleadores y/o trabajadores. En caso de aporte por parte de los empleadores, las cuotapartes y los valores fiduciarios estarán cedidos con condición suspensiva a favor de los trabajadores, de la empresa o del sector.
Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros
En el caso de los Fondos Comunes de Inversión, sus órganos podrán determinar libremente tanto las políticas y los objetivos de inversión, como la nómina de activos elegibles, dentro de las reglas de diversificación aplicables a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, debiendo ajustar los textos reglamentarios de acuerdo a las características del presente régimen.
Una vez efectivizado el cambio de titularidad de las cuotapartes a favor del trabajador, podrá disponer libremente de las mismas, pero no podrá realizar nuevas suscripciones.
En cuando a los Fideicomisos Financieros, destacan que no será obligatorio preparar, presentar ni publicar un prospecto o suplemento de prospecto en el sitio web de CNV, las políticas de inversión deben ser consistentes con la naturaleza del régimen y objeto del vehículo, se admitirá la incorporación de fiduciantes, y podrán emitirse valores fiduciarios adicionales.
El presidente de la CNV, Roberto Silva, destacó: «Estamos orgullosos de presentar esta normativa, que trabajamos en conjunto con el ministro Federico Sturzenegger y el equipo del Gobierno Nacional, y que además incorpora los aportes surgidos de la consulta pública”.
LM / Gi