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jueves, 17 septiembre, 2026
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Inocencia Fiscal II: el Senado aprobó la ley para captar dólares no declarados

El Senado convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal II, impulsado por el Gobierno de Javier Milei, que busca incorporar al circuito formal los dólares mantenidos fuera del sistema financiero. La iniciativa fue aprobada por 44 votos a favor y 23 en contra.

El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal II, una iniciativa del Poder Ejecutivo que tiene como objetivo la incorporación de dólares mantenidos fuera del sistema financiero formal a la economía registrada. La votación resultó en 44 votos a favor y 23 en contra, con el respaldo de los bloques de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR y bloques provinciales.

Tras la aprobación en la Cámara Alta, el vocero presidencial Adrián Ravier declaró: «El proyecto mantiene el espíritu del régimen vigente e incorpora modificaciones técnicas, elaboradas junto a especialistas tributarios, para fortalecer la seguridad jurídica y darles a los argentinos mayor confianza para poner en valor sus ahorros». Y agregó: «Con reglas claras, el ahorro vuelve al circuito formal y se transforma en crédito para financiar el crecimiento de la Argentina».

El Gobierno estima que existen aproximadamente US$ 170.000 millones fuera del circuito formal.

Principales cambios en Inocencia Fiscal II

Entre las modificaciones respecto de la ley aprobada el año anterior, se establece que los grandes contribuyentes con ingresos superiores a $1.000 millones o un patrimonio de más de $10.000 millones podrán adherir al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG), aunque sin los beneficios de presunción de exactitud y «tapón fiscal».

En cuanto a la discrepancia significativa entre las declaraciones del contribuyente y los datos del fisco, se considerará inconsistencia cuando la diferencia detectada sea igual o superior al 15%, sin superar los $5 millones. Si se exceden los $5 millones, el contribuyente tendrá 15 días hábiles desde la determinación de oficio para rectificar la declaración jurada y pagar el impuesto más intereses, conservando los beneficios del régimen.

En el caso de que la Justicia revoque el ajuste de ARCA, el organismo deberá devolver lo pagado con intereses dentro de 45 días hábiles.

El esquema también reduce las obligaciones de informar patrimonio y consumos personales. La incorporación de los fondos queda vinculada a las declaraciones correspondientes, especialmente Bienes Personales.

Los legisladores, jueces, ministros del Poder Ejecutivo, así como el Presidente de la Nación no podrán acceder a los beneficios del sistema simplificado de Ganancias. Además, el proyecto prohíbe a los funcionarios públicos y aquellos que hayan ocupado cargos durante los cinco años anteriores adherir a este régimen.

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