Los decretos 845/2026 y 846/2026, publicados en el Boletín Oficial, establecen adicionales y compensaciones para efectivos de las fuerzas de seguridad federales, el Servicio Penitenciario Federal y el personal militar. También se fijó una suba del 6,9% en los haberes militares desde septiembre.
El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, mediante los decretos 845/2026 y 846/2026 publicados en el Boletín Oficial, un nuevo esquema de suplementos y beneficios salariales para el personal de las fuerzas de seguridad federales, el Servicio Penitenciario Federal (SPF) y las Fuerzas Armadas.
El decreto 845/2026 modifica distintos beneficios no remunerativos y no bonificables para la Policía Federal, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval, la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y el SPF. Entre las medidas, se incorporaron nuevos suplementos específicos para cada fuerza.
Para la Policía Federal se creó la compensación “Responsabilidad Profesional Sanidad”, destinada al personal profesional con título habilitante que desempeñe tareas de salud dentro de la Superintendencia de Bienestar.
En Gendarmería Nacional y Prefectura Naval se estableció el suplemento “Destino Estratégico de Operaciones”, para quienes desarrollen tareas operativas en zonas consideradas de alta conflictividad. El beneficio tendrá montos fijos según el grado y alcanzará como máximo al 16% del personal en actividad de cada fuerza. Ese límite podrá ser ampliado en situaciones críticas y temporales por el Ministerio de Seguridad Nacional, con intervención de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública y de la Secretaría de Hacienda.
La Prefectura Naval también incorporó el suplemento “Alto Riesgo de Grupos Especiales”, destinado al personal de la Unidad de Operaciones Policiales Especiales de la Agrupación Albatros y a los efectivos de Infantería que conduzcan operaciones de alto riesgo.
Además, Gendarmería y Prefectura tendrán el suplemento “Zona”, que se liquidará de manera proporcional al tiempo de permanencia en los destinos geográficos determinados. La cartera de Seguridad podrá modificar esos destinos y coeficientes, con intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.
Para la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) se estableció la bonificación “Destino de Alta Complejidad”, dirigida al personal de las Unidades Operacionales de Seguridad Preventiva de categorías A y B. El beneficio será incompatible con los suplementos por Jefatura, Tarea Jerárquica y cargo o función intermedia.
El decreto establece que la mayoría de estos adicionales serán incompatibles entre sí y con el “Servicio de Seguridad Adicional”. Esta compensación, financiada con aportes de quienes requieren el servicio, tendrá un límite de 180 horas mensuales. También se creó la compensación “Recargo de Servicios” para tareas extraordinarias fuera del horario habitual, con un adicional del 100% cuando el exceso supere las cinco horas diarias.
En el caso del Servicio Penitenciario Federal, se fijaron los haberes mensuales para el personal alumno: $779.942,83 para el cadete de primer año y $894.362,74 para el aspirante. En paralelo, quedó derogado el suplemento por “Función de Prevención Barrial” de Gendarmería.
El decreto 846/2026 establece dos nuevos beneficios salariales para el personal militar en actividad. La norma modifica la reglamentación de la Ley para el Personal Militar N° 19.101 y pone en funcionamiento el “Suplemento por Alta Especialización”.
Ese adicional se divide en dos categorías: el “Suplemento por Alta Especialización Operacional”, para el personal con Aptitud Especial de Comandos destinado en organismos de operaciones especiales o estructuras que desarrollen operaciones de excepcional complejidad; y el “Suplemento por Operación y Sostenimiento de Sistemas de Armas de Alta Performance”, para quienes tengan capacitación o certificación técnica específica y participen en la operación o mantenimiento de esos sistemas.
El Ministerio de Defensa será el encargado de determinar los requisitos funcionales y técnicos, el personal alcanzado y los organismos o sistemas de armas comprendidos. La liquidación de ambos suplementos será mensual.
La incorporación de estos adicionales se suma a la resolución conjunta 44/2026, dictada junto con el Ministerio de Economía, que estableció una nueva escala de haberes mensuales para el personal militar de las Fuerzas Armadas y para la Policía de Establecimientos Navales desde septiembre. Según el nuevo esquema, el personal militar recibirá una suba del 6,9% desde septiembre. El incremento se suma al 17,62% acumulado entre enero y agosto, con una recomposición proyectada del 32% durante todo 2026.
Suplementos por fuerza
Policía Federal Argentina: se creó el suplemento “Responsabilidad Profesional Sanidad” para profesionales de la salud que trabajen en tareas sanitarias dentro de la Superintendencia de Bienestar. El monto será mensual y se calculará mediante coeficientes según el grado jerárquico.
Gendarmería y Prefectura: se creó el suplemento “Destino Estratégico de Operaciones” para quienes realicen tareas operativas en zonas con índices críticos de conflictividad y alta peligrosidad. Serán montos fijos según el grado y no podrá alcanzar, en principio, a más del 16% del personal de cada fuerza. Ambas fuerzas tendrán además un suplemento por “Zona”, destinado al personal que preste servicios en determinados puntos geográficos, calculado con coeficientes sobre el haber mensual.
Prefectura Naval: se incorporó el suplemento “Alto Riesgo de Grupos Especiales” para integrantes de la Unidad de Operaciones Policiales Especiales de la Agrupación Albatros y personal de Infantería que realice funciones de alto riesgo. El adicional dependerá de coeficientes vinculados al grado jerárquico.
Policía de Seguridad Aeroportuaria: se creó la bonificación “Destino de Alta Complejidad” para el personal que trabaje en las unidades operacionales de categorías A y B. Se pagará una suma fija según el grado jerárquico y será incompatible con algunos otros suplementos, como los de jefatura y tarea jerárquica. Según la descripción del decreto, el beneficio apunta especialmente a destinos aeroportuarios de mayor actividad y complejidad, entre ellos Ezeiza y Aeroparque.
Servicio Penitenciario Federal: se crearon suplementos para:
- Contacto con Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo.
- Alto Riesgo de Grupos Especiales, para integrantes del Grupo Especial de Intervención.
- Responsabilidad Profesional Sanidad.
- Control y Registro, para personal especializado.
En los cuatro casos, los suplementos serán mensuales y se vincularán a las tareas específicas y al grado jerárquico del personal.
Además, se habilitó una compensación para penitenciarios que realicen tareas adicionales durante sus francos de servicio. Cada servicio será de cuatro horas o fracción y habrá un tope de 180 horas mensuales. Los valores concretos estarán establecidos en un anexo del decreto.
Los integrantes del SPF que realicen servicios extraordinarios fuera de su horario habitual podrán cobrar una compensación denominada “Recargo de Servicios” cuando excedan las tres horas diarias. Si el recargo supera las cinco horas, se agregará un plus del 100% sobre el valor correspondiente.
También se creó un nuevo adicional por “Zona” para el personal del SPF destinado a determinadas regiones del país. El pago será una suma fija según el grado.
El decreto fijó además nuevos haberes mensuales para el personal en formación del SPF: cadete de primer año, $779.942,83; aspirante, $894.362,74. Estos valores podrán sumarse a los suplementos y compensaciones cuando el personal cumpla las condiciones para cobrarlos.
