El Ministerio Público Fiscal concluyó que no es posible verificar el origen, la integridad ni la autenticidad de los videos en los que Jésica Cirio aparece en un vestidor con presuntos fajos de dólares. El informe pericial fue incorporado a la causa por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero que tramita el juez Luis Armella.
La causa contra Martín Insaurralde y Jésica Cirio registró un avance este viernes: el laboratorio pericial del Ministerio Público Fiscal determinó que no pudo comprobar la autenticidad de los videos en los que la exmodelo y conductora se muestra en un vestidor con presuntos fajos de dólares. El informe, elaborado por la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), concluyó que no es posible verificar su origen ni su integridad, lo que pone en duda su valor probatorio en el expediente por supuesto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero que lleva adelante el juez Luis Armella.
El material peritado, difundido a raíz de una publicación del diario La Nación, muestra a Cirio en un placard junto a una importante cantidad de fajos de billetes de dólares. El artículo indicaba que las imágenes habrían sido grabadas en 2023 en una vivienda que la pareja, actualmente separada, tenía en el Barrio Privado Fincas de San Vicente, en el sur del conurbano bonaerense.
En el marco de la causa, la Justicia solicitó a principios de julio que se analizaran los siete videos hallados en un pendrive, con el fin de determinar su fecha de origen y si podrían haber sido alterados previamente.
Informe del Ministerio Público Fiscal sobre los videos de Jésica Cirio
Los expertos de la DATIP señalaron en su informe que los archivos tienen como fecha de creación y de último acceso el 24 de junio de 2026, momento en que fueron copiados al dispositivo. De manera que no registran la fecha en la que habrían sido filmados.
Utilizando herramientas forenses exiftool y ffprobe, determinaron que la única huella temporal de los videos es una supuesta modificación del 24 de abril de 2023, pero la consideraron “no concluyente” y aseguraron que “no es posible identificar de forma clara y fehaciente la fecha cierta de creación” de los videos.
En otro apartado, revelaron que las marcas temporales internas de captura “se encuentran en cero”, motivo por el cual concluyeron que los metadatos de origen “se han perdido”. Esto suele ocurrir cuando un material pasa por un proceso de “intermediación tecnológica”, como el reenvío a través de aplicaciones de mensajería como WhatsApp o Telegram, o cuando es editado.
“Es de destacar expresamente que la fecha de modificación visualizada en el software forense PA coincide en horas, minutos y segundos en los videos identificados anteriormente”, comportamiento que según los expertos “indicaría, entre otros motivos, una modificación manual de metadatos utilizando herramientas para tal fin o una transferencia de estos archivos desde un file system primigenio hacia un nuevo file system”.
Por ese motivo, aseguran que la fecha “sí pudo haber sido modificada previo a su análisis pericial” y que “no es posible determinar a ciencia cierta el metadato correcto” que “permitiría llevar a cabo la correlación completa entre los metadatos de los archivos y los metadatos del file system”.
“No es posible determinar la autenticidad”
En el documento, la DATIP relevó la inexistencia de código HASH de origen. Se trata de un código fijo que representa un conjunto de datos y se crea mediante un algoritmo matemático; sirve para identificar datos y comprobar que no han cambiado. Los siete videos no contaban con el mecanismo estándar de seguridad inicial que permitiera determinar su trazabilidad, por lo cual los peritos concluyeron que no puede garantizarse su integridad.
Un aspecto relevante del informe tiene que ver con una falla en la cadena de custodia de uno de los elementos: el registro informaba que dentro de uno de los sobres debía hallarse un pendrive, pero al ser abierto se encontró una memoria Micro SD de la marca Kingston de 32 GB, con su correspondiente adaptador SD. Para los expertos, se trata de una “significativa divergencia” que afecta la trazabilidad.
Sobre el final, recalcan que al no contar con el “File System de origen” de los videos “no es posible determinar la autenticidad y el origen real de los elementos analizados”. Tampoco se puede establecer con qué aparato fueron grabados, en qué contexto ni la identificación de quien los generó.
Al momento de la circulación pública de los videos, el abogado de Cirio, Claudio Caffarello, sostuvo que desde hacía más de un año y medio su clienta venía denunciando intentos de extorsión vinculados al material. En aquel entonces dio a conocer que la exmodelo se presentó ante sede judicial con documentación certificada ante escribano para certificar la fecha desde la cual afirma ser víctima de maniobras extorsivas.
La causa aporta ahora nueva información con el dictamen del Ministerio Público Fiscal, que da cuenta de la inverificabilidad, tanto en su origen, autenticidad, trazabilidad e integridad, de los videos que se sumaron al expediente en el que el exintendente de Lomas de Zamora y Cirio están bajo investigación por presunto lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
