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lunes, 1 junio, 2026
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El Gobierno envió al Senado un proyecto de reforma de la ley de sociedades para incorporar figuras tecnológicas

La iniciativa propone un régimen más flexible que incluye sociedades descentralizadas autónomas y automatizadas, y habilita arbitrajes internacionales.

Una semana después de enviar al Congreso el denominado “Súper RIGI” para atraer inversiones en inteligencia artificial, centros de datos e infraestructura tecnológica, el Gobierno presentó una reforma integral de la ley general de sociedades (19.550). La iniciativa ingresó el viernes al Senado y propone reemplazar una norma con más de cincuenta años de vigencia por un régimen más flexible para la constitución, organización y financiamiento de empresas.

Entre otros cambios, crea nuevas figuras societarias vinculadas a blockchain e inteligencia artificial, habilita una mayor autonomía para que los socios definan sus reglas internas y permite que determinadas controversias puedan resolverse mediante arbitrajes internacionales y bajo legislación extranjera.

El proyecto fue elaborado principalmente por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que conduce Federico Sturzenegger, en conjunto con la Secretaría Legal y Técnica, a cargo de María Ibarzábal Murphy, y el Ministerio de Justicia. Lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.

En los fundamentos del proyecto, el Poder Ejecutivo sostiene que la actual ley 19.550 “ha demostrado ser insuficiente para responder a las transformaciones del entorno económico, tecnológico y jurídico de las últimas décadas” y argumenta que resulta necesario contar con estructuras societarias “más simples, flexibles y tecnológicamente compatibles”.

El aspecto más novedoso de la iniciativa es la incorporación de nuevas estructuras pensadas para modelos de negocios digitales. La principal es la Sociedad Descentralizada Autónoma Operativa (DAO), una figura inspirada en las organizaciones descentralizadas que funcionan mediante blockchain y contratos inteligentes. El proyecto establece que podrá operar de manera total o parcialmente autónoma a través de protocolos tecnológicos previamente definidos y que sus integrantes podrán participar mediante tokens u otros activos digitales.

La reforma también crea la figura de la sociedad automatizada, definida como aquella que desarrolla su actividad mediante sistemas algorítmicos autónomos o agentes de inteligencia artificial sin requerir intervención humana constante. En estos casos, la sociedad deberá incorporar la expresión “automatizada” en su denominación y responder por los daños que puedan ocasionar esos sistemas.

El proyecto también flexibiliza el objeto social, habilita la unipersonalidad en todos los tipos societarios, digitaliza trámites y documentación, facilita las reuniones remotas y elimina diversas exigencias registrales.

Uno de los cambios más sensibles habilita que las sociedades que no realicen oferta pública puedan pactar que determinadas relaciones internas se rijan por derecho extranjero o por principios del derecho mercantil internacional. También permite establecer tribunales arbitrales fuera de la Argentina para resolver conflictos societarios. El texto aclara que esa libertad contractual no alcanza a cuestiones vinculadas con la existencia de la sociedad, la protección de terceros, la responsabilidad frente a acreedores o los procesos de liquidación, que continuarán regidos por normas argentinas.

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