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martes, 23 septiembre, 2025
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Retenciones: Pullaro y Llaryora pidieron su eliminación definitiva y no por «fines electorales»

El Ejecutivo anunció esta mañana la eliminación de las retenciones a las exportaciones de todos los granos y subproductos hasta el 31 de octubre, una medida que no pasó desapercibida para el arco político, principalmente para dos de los mandatarios a los que sus provincias se verán afectadas directamente por esta nueva norma.

El gobernador de la provincia de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, se refirió al respecto exigiendo que «las retenciones se eliminen para siempre, no de manera transitoria, ni para sostener el tipo de cambio con fines electorales, ni para financiar fuga de capitales».

Retenciones cero en granos: un alivio temporal que impulsa al productor y al complejo sojero

Se mostró tajante al momento en que agrego que «Las retenciones se deben eliminar por convicción y no por necesidad». Y reflexionó también al mencionar «necesitamos políticas que de verdad beneficien a los productores y generen previsibilidad para que el sector pueda invertir».

Es el gobernador de la provincia de Córdoba, Martín Llaryora, expresó en el mismo sentido que el mandatario santafesino sobre la baja temporal de las retenciones: «su eliminación no debe ser una medida transitoria, sino definitiva. La Argentina saldrá adelante acompañando a sus sectores productivos: es con el #campo, no contra el campo».

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Agrego a su posteo: «Necesitamos políticas que realmente fortalezcan a nuestros productores» y finalizo diciendo que «las retenciones deben eliminarse por convicción, no por mera especulación financiera o electoral».

Retenciones cero

La medida fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial, por medio del Decreto 682/2025. Luego fue anunciada por el vocero presidencial Manuel Adorni en su cuenta de X, en donde hacia énfasis en que «la vieja política busca generar incertidumbre para boicotear el programa de gobierno. Al hacerlo castigan a los argentinos: no lo vamos a permitir».

Gobierno anunció por redes sociales que elimina retenciones al campo hasta octubre para frenar la volatilidad del dólar

Finalmente, cierra su publicación aclarando que es por eso que «con el objetivo de generar mayor oferta de dólares durante este período, hasta el 31 de octubre habrá retenciones cero para todos los granos«, finaliza su publicación en X.

Productos sin retenciones

Según lo anunciado en el Boletín Oficial, los siguientes listados estarán exentos de esta carga impositiva hasta el 31 de octubre o hasta cuando se inscriban exportaciones por 7.000 millones de dólares.

Trigo duro, para siembra

Trigo duro, excepto para siembra

Los demás trigos, para siembra

Los demás trigos, excepto para siembra

Cebada cervecera, sin tostar

Cebada cervecera, tostada

Las demás cebadas

Maíz para siembra

Maíz duro (excluido el destinado a siembra)

Los demás maíces

Sorgo (excepto para siembra)

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Productos de Molienda

Harina de trigo

Harina de maíz

Harinas de cereales, excepto de trigo o de maíz

Sémola y semolinas de trigo duro

Sémola y semolinas de maíz

Las demás sémolas y semolinas de cereales

Granos aplastados o en copos de maíz

Germen de cereales, entero, aplastado, molido o en copos

Malta sin tostar, en grano

Malta sin tostar, en harina

Malta tostada, en grano

Malta tostada, en harina

Fécula de trigo

Fécula de maíz

Gluten de trigo

Semillas y frutos oleaginosos

Habas de soja, para siembra

Habas de soja, excepto para siembra

Semillas de girasol, excepto para siembra

Harina de soja

Desde el agro aseguran que “necesitamos un aumento de precios de los valores internacionales”

Grasas y aceites

Aceite de soja en bruto, incluso desgomado

Aceite de soja refinado, en envases ≤ 5 l

Aceite de soja refinado, en otros envases

Los demás aceites de soja refinados

Aceite de girasol en bruto, incluso desgomado

Aceite de girasol refinado, en envases ≤ 5 l

Aceite de girasol refinado, en otros envases

Aceite de maíz en bruto

Aceite de maíz refinado, en envases ≤ 5 l

Aceite de maíz refinado, en otros envases

Grasas y aceites vegetales hidrogenados

Grasas y aceites animales hidrogenados

Grasas y aceites vegetales epoxidizados o modificados

Margarina (excluida la margarina líquida)

Grasas y aceites vegetales para untar

Las demás preparaciones de grasas y aceites comestibles

Aceites y grasas vegetales para uso industrial (excl. alimenticio)

Otros aceites y grasas vegetales, usos varios

Glicerina en bruto

Glicerina, incluso purificada

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Azúcares

Glucosa, en polvo, con contenido de fructosa < 50 %, en envases ≤ 1 kg

Glucosa, en polvo, en otros envases

Glucosa, en solución

Glucosa y jarabes de glucosa, con fructosa ≥ 20 % pero < 50 %, en envases ≤ 1 kg

Los mismos jarabes, en otros envases

Fructosa química pura

Jarabe de fructosa con contenido de fructosa > 50 % pero < 90 %

Jarabe de fructosa con contenido de fructosa ≥ 90 %

Los demás azúcares, jarabes y sucedáneos de la miel.

Alimentos a base de harinas, sémolas, almidones o féculas, destinados a la alimentación de lactantes o niños.

Preparaciones alimenticias diversas

Concentrados de proteínas y sustancias proteicas texturadas.

Residuos de la industria alimentaria / alimentos para animales

Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de maíz.

Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de trigo, en pellets.

Idem trigo, de otra forma.

Salvados, moyuelos y residuos de la molienda de leguminosas.

Residuos de la elaboración del almidón y residuos similares de maíz.

Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja, en pellets.

Idem soja, de otra forma.

Tortas y residuos de la extracción del aceite de girasol, en pellets.

Idem girasol, de otra forma.

Tortas y residuos de la extracción de aceites vegetales (excepto soja y girasol), en pellets.

Idem otros aceites vegetales, de otra forma.

Materias vegetales y desechos vegetales para alimentación animal.

Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor.

Preparaciones para la alimentación animal, con base en harina de pescado.

Idem, con base en leche.

Idem, con base en cereales.

Idem, con base en oleaginosas.

Idem, con base en subproductos de la industria azucarera.

Idem, con base en otras materias vegetales.

Las demás preparaciones para alimentación animal.

Productos químicos orgánicos

Sorbitol (excepto el de la partida 2905.44).

Lecitinas y sus derivados.

Materias albuminoideas, enzimas

Gluten de maíz.

Productos diversos de las industrias químicas

Biodiésel y sus mezclas, que no contengan o contengan menos del 70 % en peso de aceites de petróleo o de mineral bituminoso.

GZ

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