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jueves, 4 septiembre, 2025
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Fundación LED rechazó la medida cautelar del juez Maraniello porque afecta el derecho a la libertad de expresión

Luego de que el Gobierno obtuviera una medida cautelar para evitar la difusión de los audios atribuidos a Karina Milei, dictada por el juez Alejandro Maraniello, la Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifestó su rechazo con respecto a la decisión judicial y sostuvieron que «implicaría una afectación al derecho de libertad de expresión«.

La organización se pronuncia a partir del fallo del magistrado Alejandro Maraniello, a cargo del Juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal N°5, quien decretó una medida cautelar para cesar la difusión «a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web» de los audios atribuidos a la hermana de Javier Milei, que habrían sido grabados en Casa Rosada, en el marco de las presuntas coimas dentro de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

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Desde la Fundación se recordó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló que «la censura previa supone el control y veto de la información antes de que ésta sea difundida, impidiendo tanto al individuo, cuya expresión ha sido censurada, como a la totalidad de la sociedad, a ejercer su derecho a la libertad de expresión e información».

«La imposición de restricciones a la libertad de expresión sólo admite responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley donde los fines que se persiguen sean legítimos, y los fundamentos para establecer la responsabilidad sean necesarios para asegurar el fin que se procura», se añadió.

La CIDH, según se indicó, también remarca «la necesidad de que exista un debate abierto y amplio, crucial para una sociedad democrática», que debe abarcar a quienes participan de la formulación y la aplicación de la política pública, las cuales se exponen al debate público y al escrutinio de la ciudadanía, por lo que «deben demostrar mayor tolerancia a la crítica».

Es válido mencionar que Fundación LED es presidida por Silvana Giudici, diputada nacional por la Ciudad de Buenos Aires por el PRO. La legisladora cobró relevancia tras cruzar en varias oportunidades al gobierno libertario por sus cruces y ataques a la prensa y periodistas.

Aparte CIDH, también se citó a la Constitución Nacional del país (artículo 43) y a los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que la integran, recordando que «protegen la libertad de expresión de manera amplia prohibiendo la censura previa, adoptando un sistema de responsabilidades ulteriores y garantizando la protección del secreto de las fuentes de información periodística».

«En este contexto, la medida dispuesta por el magistrado implicaría una afectación al derecho de libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación», concluyó Fundación LED sobre la medida cautelar respecto a los audios atribuidos a la Secretaria General de la presidencia.

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«Es vasta la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a la aplicación de la doctrina de la real malicia para determinar un posible reproche legal a quienes difundan o publiquen intencionalmente información falsa con la intención de producir un daño», insistió el organismo.

En paralelo, también se señaló que Maraniello le encargó al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) el cumplimiento de la medida cautelar, a pesar de que el organismo «no tiene competencia sobre los medios gráficos por cuanto su intervención violaría la libertad de prensa garantizada por los artículos 14 y 32 de la Ley Suprema ni posee jurisdicción sobre los contenidos que circulan a través de internet».

Al cierre de la publicación, la Fundación se comprometió a realizar un seguimiento de la situación.

AS/MU

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