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martes, 2 septiembre, 2025
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«Espionaje ilegal»: tachan de inconstitucional el fallo que prohíbe la difusión de audios filtrados atribuidos a Karina Milei

El Gobierno este lunes denunció «espionaje ilegal» y encendió la discusión sobre los límites entre la libertad de expresión y la seguridad nacional. «Leyendo la resolución del juez, no hay nada que justifique por qué se aparta de dos mandatos: el de la Constitucional Nacional, que versa sobre que no debe existir censura previa; y el de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que dice que solo podría existir censura previa para espectáculos públicos y para la protección de la infancia y la adolescencia», aseguró en el estudio de «QR!» Damián Loreti, abogado doctorado en Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid.

El letrado fue consultado por el conductor del programa, Pablo Caruso, respecto de la medida cautelar que este lunes dispuso el juez Alejandro Maraniello ante una denuncia hecha por el Gobierno para que se prohíba la difusión de más audios filtrados, únicamente cuando se tratasen de Karina Milei.

El viernes pasado, el canal de streaming Carnaval —el mismo que dio a conocer los audios de Diego Spagnulo sobre la existencia de posibles coimas entre el Gobierno y una serie de droguerías—, publicó un breve fragmento de un audio donde presuntamente se oye la voz de la hermana del presidente. Según se mencionó en dicho canal, se trataría de un recorte de un audio de unos 50 minutos de duración que aún no ha visto la luz completo, y que el Gobierno está decidido a evitar su difusión, razón por la que hizo la denuncia.

«El derecho a la libertad de expresión —entendido de manera amplia y en todos sus aspectos— debe ceder ante las graves repercusiones que podría conllevar la difusión solamente de los audios grabados en Casa de Gobierno atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei, anunciados el día 29/08/25″, dice la letra de la resolución del juez Maraniello, decisión que en el programa que se emite en Bravo TV de lunes a viernes a las 22 fue caracterizada como «censura previa» e inconstitucional.

Caruso mencionó que se desconoce la identidad de quién —o quiénes— habrían grabado a Karina Milei, pero que en cualquier caso se trata de un hecho «grave». Loreti reiteró que la censura previa está prohibida por ley en la República Argentina, y que lo que en última instancia existe son responsabilidades ulteriores.

El conductor luego anticipó que, según comunicó en la red social X el periodista uruguayo Eduardo Preve, este martes desde las 9.30 de la mañana en la emisora M24 de ese país transmitirían «los últimos audios» de Karina Milei.

«Uno de los argumentos que expone el juez es el de la preservación de la intimidad y del honor de Karina Milei», apuntó la periodista Irina Hauser. «El fallo es muy errático: va desde cuestiones de intimidad hasta de seguridad nacional. Las restricciones a la libertad de expresión exigen que sean basadas en una ley para proteger fines legítimos específicos y que la medida no sea desproporcionada», explicó el abogado.

Luego prosiguió: «En la cautelar no hay calificación legal y no está claro cuál es el fin legítimo porque el daño no debe presumirse en lo concerniente a la libertad de expresión. Hay que decir cuál es el daño hipotético«, apuntó, y agregó que la Constitucional Nacional no solo protege la actividad de los periodistas sino el derecho de la ciudadanía a estar informada.

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Más temprano este lunes, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció que el Gobierno denunció el caso en la Justicia Federal dado que «existe una operación de inteligencia ilegal con el fin de desestabilizar al país en plena campaña electoral» rumbo a las elecciones legislativas bonaerenses del próximo domingo 7 de septiembre, según aseguró el funcionario.

«La sentencia tiene serios problemas. El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) no tiene nada que ver con los medios gráficos. Tampoco tiene autoridad sobre Twitter (ahora X). Entonces, ¿cómo se va a hacer para que hipotéticamente 46 millones de habitantes se den por notificados fehacientemente de la decisión?», planteó Loreti al momento de explicar que es imposible que eventualmente el audio completo de 50 minutos no pudiese ver la luz por cualquier vía.

Hacia el final, Caruso le consultó sobre el posible allanamiento tanto de los estudios del streaming Carnaval como de los domicilios de Pablo Toviggino (propietario) y de los periodistas Jorge Rial y Mauro Federico. La intención del Ministerio de Seguridad encabezado por Patricia Bullrich «viola todos y cada uno de los estándares constitucionales«, agregó el abogado, quien se explayó sobre los argumentos legales que impiden que se avance en esa dirección.

FPT

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