Si tenés que transferirle dinero a tu hijo es sumamente importante que sepas cuáles son las limitaciones vigentes establecidas por AFIP
Por A.L.
09/02/2024 – 07:50hs
En la actualidad, madres y padres suelen transferir plata a un hijo mediante plataformas de pago como Mercado Pago o de otras aplicaciones, y ya no le dan tanto dinero en efectivo, como se solía hacer hasta la irrupción de estas herramientas tecnológicas.
Sin embargo, para que se pueda hacer esta transferencia sin ningún problema, es importante que tener en cuenta que hay algunas limitaciones vigentes. A continuación, te damos a conocer algunas de las que tenés que tener en cuenta, sobre todo ante la vista de AFIP.
Cuánto puedo transferirle a un hijo sin declarar a AFIP
Antes que nada, consideremos que hay restricciones con respecto al monto máximo que se puede transferir. El límite de los cajeros automáticos es de $125.000, mientras que por HomeBanking podés transferir hasta $250.000, según lo establecido por el Banco Central.
Pero si lo que querés es realizar una transferencia por una cantidad superior a estos límites, hay otras formas para transferir dinero a tus hijos. Una consiste en realizar una transferencia tradicional, que lleva un día hábil para procesarse. Otro método implica que le des un preaviso al banco.
En este caso, deberás informar a la entidad financiera la fecha en la que realizarás la transferencia, el monto aproximado y, en algunos casos, proporcionar el CBU o número de cuenta de la persona receptora. Esta modalidad suele ser común en operaciones como la compra de un vehículo automotor o un inmueble.
Con respecto a la cantidad de dinero que podés transferirle a una persona sin necesidad de declarar, es importante señalar que la restricción no es para quien envía dinero, sino para quien lo recibe. En este caso, la necesidad de justificar el dinero recaería en tu hijo.
Existen restricciones con respecto al monto máximo que se puede transferir
Hasta cuánta plata se puede transferir sin declarar
Como mencionamos anteriormente, al momento de hacer una transferencia, el justificativo no recae en quien la emite, sino en quien la recibe. En este sentido, el límite establecido por AFIP es de $200.000 sin necesidad de realizar una declaración jurada, por lo que superando este monto se incremente el «riesgo» de que se deba declarar la procedencia del dinero.
Los $200.000 abarcan casi todas las operaciones realizadas por una persona en el transcurso de un mes calendario. Esto incluye el dinero depositado en cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas de sueldo y de seguridad social además de las transferencias recibidas. También se consideran los saldos en depósitos a plazo fijo, así como en cuentas y otros tipos de inversiones.
Si, por ejemplo, su familiar realizó un depósito de $200.000 en un plazo fijo y recibe una transferencia suya, suponiendo que no cuenta con ingresos declarados, es muy probable que el banco le solicite justificar los fondos. Esta cifra reemplaza el límite anterior de $90.000, el cual se consideraba obsoleto en la actualidad.
Por otra parte, en el caso de que el banco considere necesario solicitar una justificación de los fondos, se comunicará, por lo general, vía email, solicitando la documentación respaldatoria que demuestre la procedencia de esos movimientos. Los documentos más comunes para justificar el origen de los fondos son la facturación de los últimos 6 meses, recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, certificados de ingresos emitidos por un contador público, entre otros.
¿Con qué documentación puedo justificar el origen de los fondos?
La documentación más habitual a presentar para realizar, de forma correcta, la justificación del origen de fondos son:
- Recibos de sueldo y/o haberes jubilatorios
- Constancia del monotributo
- Facturación de los últimos meses
- Certificado de fondos emitido por un contador público
- Declaratoria del heredero
- Documentos que acrediten la venta de acciones u empresa
- Boletos de compraventa, por ejemplo, en el caso de la venta de un vehículo