10 C
Buenos Aires
InicioPolĆ­ticaLa Anmat prohibiĆ³ la elaboraciĆ³n y venta de un aceite de oliva

La Anmat prohibiĆ³ la elaboraciĆ³n y venta de un aceite de oliva

La AdministraciĆ³n Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologĆ­a MĆ©dica (Anmat) prohibiĆ³ la elaboraciĆ³n, fraccionamiento y comercializaciĆ³n en todo el paĆ­s y en las plataformas de venta online de una marca de aceite de oliva que ā€œcarece de registros de establecimiento y de producto, estĆ” falsamente rotuladoā€ y es, en consecuencia, ilegal.

La medida fue publicada este martes en el BoletĆ­n Oficial a partir de la disposiciĆ³n 680/2024 tras una investigaciĆ³n llevada a cabo por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que realizĆ³ a travĆ©s del Sistema de InformaciĆ³n Federal para la GestiĆ³n del Control de los Alimentos (SiFeGA) en relaciĆ³n a la autenticidad del producto rotulado como ā€œAceite de oliva, Blend Extra Virgen, marca Finca La Anitaā€ en su presentaciĆ³n de 5000 ccā€.

En este sentido, ya que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en lĆ­nea, se solicitĆ³ al Programa de Monitoreo y FiscalizaciĆ³n de Publicidad y PromociĆ³n de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalĆŗe las medidas a adoptar.

La Anmat prohibiĆ³ la comercializaciĆ³n de un aceite de oliva

ā€œEl producto se halla en infracciĆ³n al artĆ­culo 3Ā° de la Ley 18284, el artĆ­culo 3Ā° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artĆ­culos 6 bis, 13 y 155 del CĆ³digo Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registro sanitario de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rĆ³tulo nĆŗmeros de registros dados de baja y pertenecientes a otra empresa, resultando ser en consecuencia un producto ilegalā€, aclara el texto.

En ese sentido, agrega que al tratarse de un preparado que ā€œno puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrĆ” ser elaborado en ninguna parte del paĆ­s, ni comercializado ni expendido en el territorio de la RepĆŗblicaā€.

ā€œEn atenciĆ³n a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboraciĆ³n, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de RectorĆ­a en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboraciĆ³n, fraccionamiento y comercializaciĆ³n en todo el territorio nacional del citado alimentoā€.

LA NACION

ConocƩ The Trust Project
MƔs noticias
Noticias Relacionadas